24 de abril de 2020

HOJA DE RUTA COMÚN EUROPEA PARA EL LEVANTAMIENTO DE LAS MEDIDAS DE CONTENCIÓN DE LA COVID-19


RESUMEN HOJA DE RUTA COMÚN EUROPEA PARA EL LEVANTAMIENTO DE LAS MEDIDAS DE CONTENCIÓN DE LA
 COVID-19

Este documento pretende ser, exclusivamente, un breve resumen de la Hoja de  ruta común europea para el levantamiento de las medidas de contención de la COVID-19, y todo el contenido del presente artículo está extraído de lo dispuesto en la mencionada Hoja de Ruta. [1]


Las medidas restrictivas adoptadas por los Estados eran necesarias para retrasar la propagación del virus y ya han salvado decenas de miles de vidas, pero acarrean un elevado coste social y económico. Suponen una presión sobre la salud mental y obligan a los ciudadanos a cambiar radicalmente su vida cotidiana.

Esto ha dado lugar a la necesidad de intervención pública con objeto de contrarrestar los efectos socioeconómicos, tanto a nivel de la UE como de los Estados miembros.

La hoja de ruta establece recomendaciones para los Estados miembros, con el objetivo de preservar la salud pública al tiempo que se suprimen gradualmente las medidas de contención para reanudar la vida comunitaria y volver a poner en marcha la economía.

Los expertos en epidemiología consideran que, incluso con medidas de confinamiento, el virus sigue circulando y cualquier nivel de relajación gradual del confinamiento conducirá inevitablemente a un aumento de nuevos casos

Existen tres conjuntos de criterios que resultan pertinentes para evaluar si ha llegado el momento de empezar a flexibilizar el confinamiento:

  1.       Criterios epidemiológicos que demuestren que la propagación de la enfermedad ha disminuido        significativamente y se ha estabilizado durante un período prolongado.
  2.       Suficiente capacidad de los sistemas de salud. Este criterio es esencial, ya que indica que los        distintos sistemas nacionales de salud pueden hacer frente a un futuro incremento del número de          casos una vez se hayan levantado las medidas.
  3.       Capacidad de seguimiento adecuada, como la realización pruebas a gran escala para detectar       y     vigilar la propagación del virus, combinada con el rastreo de los contactos y la posibilidad de       aislar a   la población en caso de reaparición y ulterior propagación de la infección.


A la hora de levantar las medidas restrictivas debe tenerse en cuenta la naturaleza integrada del mercado único. La UE y sus Estados miembros deben guiarse por tres principios básicos:
  1.  Las medidas que se adopten deben basarse en criterios científicos y dar prioridad a la salud pública: las decisiones de los Estados miembros deben seguir teniendo como objetivo principal la protección de la salud pública a corto y largo plazo.
  2.  Las medidas que se adopten debe ser objeto de coordinación entre los Estados miembros. Antes de proceder al anuncio del levantamiento de las medidas, los Estados miembros deben, como mínimo, comunicárselo recíprocamente y a la Comisión de manera oportuna a través del Comité de Seguridad Sanitaria y tener en cuenta sus puntos de vista.
  3.  El respeto y la solidaridad entre los Estados miembros siguen siendo un aspecto esencial.

MEDIDAS DE ACOMPAÑAMIENTO

  •  Recopilar datos y desarrollar un sistema sólido de comunicación.
  • Crear un marco para el rastreo de contactos y el envío de advertencias mediante la utilización de aplicaciones para dispositivos móviles que respeten la privacidad de los datos. Las aplicaciones móviles que advierten a los ciudadanos del mayor riesgo que corren como consecuencia del contacto con una persona que ha dado positivo por COVID-19 son especialmente pertinentes en la fase de levantamiento de las medidas de contención, momento en que aumenta el riesgo de infección al incrementarse el contacto entre las personas. El uso de estas aplicaciones móviles debe ser voluntario y basarse en el consentimiento de los usuarios y en el pleno respeto de las normas europeas en materia de privacidad y protección de datos personales.
  •  Ampliar la capacidad de realizar pruebas y armonizar las metodologías correspondientes: la disponibilidad de pruebas a gran escala que puedan proporcionar resultados rápidos y fiables es una condición previa para levantar las medidas de distanciamiento social en el futuro.

Planteamiento en tres frentes para mejorar los métodos de prueba en los Estados miembros:
1
  1. El desarrollo y el importante incremento de la capacidad de diagnóstico sostenida en relación con la COVID-19, en los hospitales y a través de las estructuras de atención primaria y comunitaria y de las instalaciones de prueba descentralizadas, al que puedan acceder todos los grupos de riesgo y cuidadores de personas vulnerables, así como las personas sintomáticas o que estén en estrecho contacto con casos confirmados.
  2. El establecimiento de sistemas de pruebas de diagnóstico adecuados, especificando qué pruebas o combinaciones de pruebas se realizarán y en qué fase tendrán lugar, y determinando prioridades a la hora de aplicarlas.
  3.  Podría considerarse la implantación de equipos de autodiagnóstico una vez hayan sido validados y se garantice su fiabilidad.
  4. Aumentar la capacidad y la resiliencia de los sistemas de salud: el levantamiento gradual de determinadas medidas de confinamiento provocará inevitablemente nuevas infecciones. Así pues, es esencial que los sistemas sanitarios y, en particular, los hospitales, puedan atender a los nuevos pacientes con COVID19.
  5.  Seguir aumentando la capacidad en materia de equipos de protección médica e individual.
  6.  El desarrollo de una vacuna segura y eficaz es fundamental para ayudar a poner fin a la pandemia        de COVID-19.
  7. El desarrollo de tratamientos y medicamentos seguros y eficaces, en particular mediante la reorientación de los medicamentos existentes actualmente autorizados para otras enfermedades, podría limitar el impacto del virus sobre la salud de la población en los próximos meses y permitir que la economía y la sociedad se recuperen antes.


RECOMENDACIONES
Forma de suprimir gradualmente las medidas de confinamiento:
1.        Los pasos serán graduales, ya que las medidas se suprimirán en diferentes etapas y se dejará suficiente tiempo entre ellas (por ejemplo, un mes), puesto que el efecto de su levantamiento solo puede medirse a lo largo del tiempo.
2.       Las medidas generales deben sustituirse progresivamente por medidas específicas. Por ejemplo
·        Los grupos más vulnerables deben ser protegidos durante más tiempo: aunque siguen faltando datos completos, existen pruebas de que las personas de la tercera edad y los enfermos crónicos corren un mayor riesgo. Las personas con enfermedades mentales son otro posible grupo de riesgo. Debe contemplarse la adopción de medidas para seguir protegiéndolos, al mismo tiempo que se levantan las restricciones a otros grupos.
·        Las personas diagnosticadas o las que presentan síntomas leves deben permanecer en cuarentena y ser tratadas adecuadamente.
·        Las medidas de prohibición general vigentes deben sustituirse por medidas que ofrezcan seguridad, esto facilitará el retorno gradual de las actividades económicas necesarias, (por ejemplo, una limpieza y desinfección intensificadas y la desinfección periódica de los nodos de transporte y los vehículos, las tiendas y los lugares de trabajo, en lugar de la prohibición total de determinados servicios, y la adopción de medidas o el suministro de equipos adecuados para proteger a los trabajadores y clientes).
·        Los estados de emergencia generales que otorgan competencias excepcionales al Gobierno deben ser sustituidos por intervenciones más específicas de los Gobiernos.
3.       El levantamiento de las medidas debe comenzar con las que tienen un impacto local y ampliarse gradualmente a medidas de alcance geográfico más amplio, teniendo en cuenta las especificidades nacionales. Este enfoque permitiría relajar en primer lugar las medidas que afectan más directamente a la vida de las personas.
4.       Es necesario un enfoque gradual para la reapertura de nuestras fronteras interiores y exteriores.
5.       La reactivación de la actividad económica debe ser gradual, garantizando así que las autoridades y las empresas puedan adaptarse adecuadamente y de forma segura al incremento de las actividades. Hay varios modelos (trabajos con poco contacto interpersonal, tareas adecuadas para el teletrabajo, importancia económica, turnos de trabajo, etc.), pero no toda la población debería reincorporarse a su puesto de trabajo al mismo tiempo, y debería prestarse una atención especial, en un primer momento, a los grupos y sectores menos amenazados y a los grupos esenciales para desarrollar la actividad económica (por ejemplo, el transporte). Puesto que el distanciamiento social deberá seguir aplicándose en gran medida, deberá seguir fomentándose el teletrabajo. En el lugar de trabajo deberán observarse las normas en materia de salud y seguridad impuestas debido a la pandemia.
6.       Las concentraciones de personas deben autorizarse gradualmente. Al reflexionar la secuencia más adecuada, los Estados miembros deben centrarse en las especificidades de diferentes categorías de actividades, tales como:
-          Escuelas y universidades (con medidas específicas, como diferentes horarios de comida, refuerzo de las medidas de limpieza, aulas más despejadas, recurso creciente al aprendizaje en línea, etc.).
-          Comercio (venta al por menor) con una posible gradación (por ejemplo, aforo máximo, etc.).
-          Actividades sociales (restaurantes, cafeterías, etc.), con una posible gradación (horario restringido, aforo máximo, etc.);
-          Grandes concentraciones (festivales, conciertos, etc.).

7.       Los esfuerzos de prevención de la propagación del virus deben ser sostenidos:
-           las campañas de sensibilización deben seguir animando a la población a mantener las buenas prácticas de higiene adquiridas.
-          Deben seguir aplicándose las directrices de distanciamiento social.
-          utilización en público de mascarillas.

8.       Estas medidas deben supervisarse continuamente y debemos estar preparados para la reinstauración de medidas de confinamiento más estrictas cuando sea necesario en caso de aumento excesivo de las tasas de infección incluida la evolución de los contagios internacionales


[1] Fuente: Hoja de ruta común europea para el levantamiento de las medidas de contención de la COVID-19 https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv:OJ.C_.2020.126.01.0001.01.SPA


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